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CARRILLO ORELLANA CARLOS S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicita la declaración de herederos universales de CARRILLO ORELLANA CARLOS tras su fallecimiento. El Tribunal declara a sus hijos como herederos universales, conforme a lo dispuesto por el Código Civil y Comercial.

Sucesion Herederos Codigo civil y comercial Declaracion de herederos Universales herederos Fallecimiento Derecho sucesorio Actuacion judicial Publicacion de edictos Procedimiento sucesorio

Actor: JUAN ALBERTO CARRILLO ORELLANA; HAYDEE ANGELICA CARRILLO ORELLANA; ZERNA TAPIA Demandado: CARRILLO ORELLANA CARLOS (fallecido) Objeto: Declaración de herederos universales Decisión: Se declara a los hijos como herederos universales

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2337 y 2426 del NCCC (ex 3410 y 3565 del C.C. respectivamente) y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de CARRILLO ORELLANA CARLOS le suceden en carácter de universales herederos sus hijos JUAN ALBERTO Y HAYDEE ANGELICA CARRILLO ORELLANA Y ZERNA TAPIA."

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