VIA BARILOCHE SA c/ CNRT (EX 34686640/23 - SUM ADM 302232) s/SERVICIO PUBLICO DE AUTOTRANSPORTE - LEY 21844 - ART 8
Vía Bariloche SA interpuso recurso directo contra la multa impuesta por la CNRT por desobediencia y deficiencias en la carrocería. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la multa, argumentando que el pago previo no es requisito para la admisibilidad del recurso.
¿Quién es el actor?
Vía Bariloche SA
¿A quién se demanda?
CNRT
- Objeto de la demanda: Impugnación de multas impuestas por desobediencia y deficiencias en la carrocería.
- Decisión del tribunal: Se confirma la multa impuesta por la CNRT.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Cuando el acto administrativo recurrido hubiere impuesto una sanción pecuniaria su cumplimiento no podrá ser exigido como un requisito de admisibilidad del recurso judicial." "La CNRT tiene la competencia para fiscalizar, controlar y sancionar las infracciones producidas en materia de transporte." "El plazo aplicable es el quinquenal, por lo que no han transcurrido desde el acta antes mencionada hasta el dictado de la resolución del 4/1/25, los cinco años aplicables."
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