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GUIRAUT CAROLINA C/ ANGELINETTI CARLOS FEDERICO S/ ALIMENTOS

El demandante solicitó la modificación de la liquidación de alimentos definitivos por la suma de $3.076.243,65. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que la aplicación de la tasa activa es adecuada y que el alimentante incurrió en mora.

Alimentos Liquidacion Mora Tasa activa Codigo civil y comercial Obligacion alimentaria Retroactividad Recursos de apelacion Jurisprudencia Costas de alzada

Actor: G C Demandado: A C F S Objeto: Modificación de la liquidación de alimentos definitivos. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que aprobó la liquidación de alimentos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En los procesos de alimentos los efectos de la sentencia definitiva se retrotraen al momento de deducirse la acción conforme lo establecido por los arts. 548 del CCCN y 641 del CPCC." "La obligación alimentaria pesa en cabeza de los progenitores por imperio de ley y aún sin necesidad de reconocimiento judicial alguno (art. 658 del C.C. y C.) razón por la cual, su reclamo en sede judicial, resulta un extremo que constituye en mora al alimentante." "La ausencia de incumplimiento de la cuota alimentaria por la circunstancia de que el monto del crédito no esté aún fijado judicialmente sería una notoria injusticia que perjudicaría al acreedor o acreedora por el solo hecho de serlo de alimentos."

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