F., N. C. C/ B. J. M. DEL S. C. S/ INCIDENTE AUMENTO CUOTA ALIMENTARIA
El actor promovió un incidente de aumento de cuota alimentaria en favor de sus hijos menores. El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos declaró procedente el recurso de inaplicabilidad de ley y confirmó la sentencia de primera instancia, restableciendo la cuota alimentaria al 100% del salario mínimo.
Actor: N. C. F. Demandado: J. M. del S. C. Objeto: Aumento de cuota alimentaria. Decisión: Se casó la sentencia de la Cámara de Apelaciones y se confirmó la decisión de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La cuota alimentaria, para cumplir su propósito, debe contemplar adecuadamente las necesidades del menor, pero en la búsqueda de tan loable fin asistencial debe prudencialmente evitarse que la aludida carga se desnaturalice y exceda los requerimientos del beneficiado a costa del obligado." "El deber alimentario en que se enmarca este supuesto se encuentra impuesto expresamente en los artículos 658 y 659 del Código Civil y Comercial." "Es dable aclarar que en atención a la coyuntura que revela el caso, aquí no está en juego la 'razonabilidad' de la cuota alimentaria mensual determinada en un SMVM." "La respuesta es a toda luces negativa, puesto que lo contrario importaría borrar con el codo lo que ha escrito la pluma en favor del reconocimiento de los derechos humanos."
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