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D., D. R. C/ T., A. M. S/ REGIMEN DE COMUNICACION

La Sra. D. R. D. interpuso recurso de apelación contra la decisión que rechazó su planteo de incompetencia en el régimen de comunicación de su hijo. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que mantener la competencia del juzgado es lo que mejor protege el interés superior del niño.

Recurso de apelacion Regimen de comunicacion Interes superior del nino Competencia judicial Cambio de domicilio Proteccion de menores Inmediacion Jurisdiccion Ley 26.061 Art. 716 ccc

Actor: Sra. D. R. D. Demandado: Sr. A. M. T. Objeto: Revisión de la competencia del juzgado en el régimen de comunicación del hijo. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la Sra. D. R. D.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La jueza de grado, al decidir mantener su competencia, consideró que el interés superior del niño es lo que debe prevalecer, dado que ha intervenido en la situación familiar desde junio de 2023." "El cambio de domicilio del menor fue unilateral, y la intervención del juez es necesaria para garantizar su acceso a la justicia." "La proximidad del órgano judicial es condición necesaria para satisfacer la finalidad de protección diferenciada de las personas en situación de vulnerabilidad."

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