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GIUSTI, LEANDRO JOSE C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SAU S/ ACCIDENTE DE TRABAJO

El actor Leandro José Giusti apeló la resolución que desestimó su demanda por accidente de trabajo, cuestionando la competencia del juzgado. La Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú revocó la decisión, declarando la inconstitucionalidad de varias leyes y reafirmando la competencia del Juzgado de Trabajo.

Recurso de apelacion Accidentes de trabajo Inconstitucionalidad Competencia judicial Ley 24.557 Ley 27.348 Ley 10.532 Juzgado de trabajo Derechos laborales Justicia laboral


¿Quién es el actor?

Leandro José Giusti

¿A quién se demanda?

Federación Patronal Seguros S.A.U
- Objeto de la demanda: Inconstitucionalidad de artículos de la Ley 24.557 y la Ley 27.348, y la competencia del Juzgado de Trabajo.
- Decisión del tribunal: Se admite el recurso de apelación y se revoca la resolución apelada, declarando la inconstitucionalidad de varias leyes y reafirmando la competencia del Juzgado de Trabajo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Título I de la Ley 27.348 y su norma provincial de adhesión (10.532), son inconstitucionales, solicitando que así se declaren, y como consecuencia se disponga la competencia del Juzgado a quo para intervenir en este proceso." "La decisión de la magistrada suprime al actor del juez natural, esto es, el Juzgado del Trabajo de la ciudad de Gualeguay, derivándolo a un órgano administrativo presidido por un médico, que ni siquiera tiene asiento en la ciudad donde reside el trabajador." "El art. 1° de la Ley 27.348 en cuanto impone la instancia administrativa previa ante las C.M. como 'obligatoria' resulta inconstitucional porque, conforme lo analizado, cercena el derecho de los trabajadores afectados por un infortunio laboral a un rápido y expedito acceso a la justicia."

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