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GIMENEZ, NAZARENO MANUEL C/ INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO DE ENTRE RIOS ART S/ ACCIDENTE DE TRABAJO

El actor Nazareno Manuel Giménez apeló la resolución que desestimó su reclamo de prestaciones por incapacidad derivada de un accidente laboral. La Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú declaró la inconstitucionalidad de varias normas y revocó la decisión de primera instancia, reconociendo la competencia del Juzgado de Trabajo.

Recurso de apelacion Accidentes de trabajo Inconstitucionalidad Prestaciones Juzgado de trabajo Ley 27.348 Ley 10.532 Derecho a la justicia Debido proceso Competencia judicial


¿Quién es el actor?

Nazareno Manuel Giménez

¿A quién se demanda?

Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos
- Objeto de la demanda: Prestaciones por incapacidad derivada de un accidente laboral
- Decisión del tribunal: Se declara la inconstitucionalidad de varias normas y se reconoce la competencia del Juzgado de Trabajo de Gualeguay

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 1° de la Ley 27.348 en cuanto impone la instancia administrativa previa ante las C.M. como 'obligatoria' resulta inconstitucional porque, conforme lo analizado, cercena el derecho de los trabajadores afectados por un infortunio laboral a un rápido y expedito acceso a la justicia, al debido proceso y al juez natural que consagran el art. 18 de la Constitución Nacional." "La decisión de las citadas leyes (27.348 y 10.532), al establecer que un conflicto de índole privada, que involucra a un sujeto doblemente hiposuficiente, sea abordado por profesionales de la medicina, no resiste la mínima crítica." "La experiencia tribunalicia nos proporciona muchos ejemplos de los quebraderos de cabeza que las fórmulas liquidatorias de reparación dineraria prevista por la LRT y sus modificatorias han acarreado a los distintos Poderes Judiciales provinciales."

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