B.C.DEL.C. S- MATERIA A CATEGORIZAR
Se solicita la rectificación del acta de defunción del abuelo del demandante por inconsistencias en la edad y estado civil. El Tribunal accede a la solicitud, modificando la edad a 67 años y el estado civil a soltero.
Actor: C. del C.B. Demandado: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas Objeto: Rectificación del acta de defunción del Sr. J.B. Decisión: Se dispone la rectificación del acta de defunción, modificando la edad y el estado civil del Sr. J.B.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"A la vista de tales constancias, y de su legitimación activa para iniciar el presente, y teniendo en cuenta el favorable dictamen del Ministerio Público Fiscal, corresponde acceder a lo pretendido." "Disponer la rectificación del acta de defunción N° 6, modificando la edad y el estado civil del Sr. J.B. que figuran en la misma, siendo la edad correcta '67 años' y su estado civil correcto 'soltero'." "Regular los honorarios de la Dra. R.del V.R., en la suma de siete (7) ius arancelarios sujetos al aporte de la ley 6716."
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