A, S. M. c/ CENTRO MEDICO MAR DEL PLATA-SAMI s/AFILIACIONES
La amparista apeló la sentencia que rechazó su acción de amparo contra la baja de su afiliación a una obra social. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó la sentencia, ordenando la reafiliación de la actora y la imposición de costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
A., S. M.
¿A quién se demanda?
Centro Médico Mar del Plata
- SAMI
- Objeto de la demanda: Acción de amparo por la baja de afiliación a la obra social.
- Decisión del tribunal: Se revocó la sentencia de primera instancia y se acogió la acción de amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La demandada debía notificar fehacientemente a la amparista de la deuda, con 30 días de anticipación... no habiendo sido ello acreditado ni en sede administrativa, ni en instancia judicial." "La rescisión unilateral del contrato de afiliación de la amparista... se generó en un acto, u omisión actual o inminente, aunque claramente manifiesto." "La actividad que asumen las obras sociales tienden a proteger las garantías a la vida, la salud, seguridad e integridad de las personas."
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