Causa Nº 4492-01-00, LEGAJO DE JUICIO en autos “B., C. D. s/inf. Art. 149 bis C. Penal”
La defensa apeló la declaración de rebeldía de C. D. B. por considerar que no se agotaron las medidas para su localización. La Cámara de Apelaciones revocó la resolución, argumentando que la declaración de rebeldía fue prematura y no se notificó adecuadamente al imputado.
¿Quién es el actor?
Defensa de C. D. B.
¿A quién se demanda?
Jueza de grado
- Objeto de la demanda: Revocación de la declaración de rebeldía
- Decisión del tribunal: Se hace lugar al recurso de apelación y se revoca la declaración de rebeldía.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La declaración de rebeldía resulta prematura... no se ha constatado su incomparecencia sin grave y legítimo impedimento, ni se lo ha notificado adecuadamente de la nueva citación ordenada..." "Se omitió notificarla en el nuevo domicilio constituido por el imputado... la publicación de edictos también resultó prematura." "No se han cumplimentado estos medios previos para dar con la persona del Sr. B., a quien ni siquiera se pudo notificar personalmente de la citación fiscal."
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