CEMIC (INVESTIGACIONES CLINICAS NORBERTO QUIRNO) C/ GCBA S/ OTRAS CAUSAS CON TRAMITE DIRECTO ANTE LA CAMARA DE APEL. EXPTE. N°RDC3365/0
El GCBA interpuso recurso directo contra la sanción impuesta a CEMIC por la falta de cobertura de prestaciones a un niño discapacitado. La Cámara de Apelaciones confirmó la sanción, argumentando que la ley N°24.901 es aplicable a entidades de medicina prepaga.
¿Quién es el actor?
GCBA
¿A quién se demanda?
CEMIC (Investigaciones Clínicas Norberto Quirno)
- Objeto de la demanda: Cobertura del 100% de prestaciones para un niño discapacitado.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sanción impuesta a CEMIC.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las prestaciones requeridas por la denunciante se encuentran dentro del marco legal establecido en la ley N° 24.901 y que aquella norma resulta obligatoria para las empresas de medicina prepaga." "La protección a las personas con discapacidad constituye un explícito mandato constitucional en orden a establecer medidas de acción tendientes a garantizar la igualdad real de oportunidades y de trato." "La sanción no resulta desproporcionada, toda vez que se encuentra dentro de los mínimos y máximos fijados en las leyes anteriormente mencionadas."
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