Causa Nº 0001669-02-00/15 R., M. s/art(s). 11179:183 y 11179:149bisparr1 Amenazas – (p/ L 2303)
El Defensor Oficial y el Asesor Tutelar apelaron la decisión que no hizo lugar a la excepción de falta de acción por vencimiento del plazo de la investigación penal preparatoria. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución, argumentando que el plazo no se encontraba vencido debido a la declaración de inimputabilidad del imputado.
¿Quién es el actor?
Defensor Oficial y Asesor Tutelar
¿A quién se demanda?
Estado (representado por la Fiscalía)
- Objeto de la demanda: Excepción de falta de acción por vencimiento del plazo de la investigación penal preparatoria.
- Decisión del tribunal: Se confirma la resolución de primera instancia que no hizo lugar a la excepción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El plazo que estipulan los artículos 104 y 105 del C.P.P.C.A.B.A. para la duración de la investigación penal preparatoria no se encuentra vencido." "Hacer lugar al petitorio del Defensor y del Asesor Tutelar, implicaría afirmar que nuestro sistema procesal penal permite investigar a una persona por la presunta comisión de un delito, aun cuando la misma haya sido desvinculada del trámite procesal por una resolución judicial."
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