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Causa Nº 0001669-02-00/15 R., M. s/art(s). 11179:183 y 11179:149bisparr1 Amenazas – (p/ L 2303)

El Defensor Oficial y el Asesor Tutelar apelaron la decisión que no hizo lugar a la excepción de falta de acción por vencimiento del plazo de la investigación penal preparatoria. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución, argumentando que el plazo no se encontraba vencido debido a la declaración de inimputabilidad del imputado.

Recurso de apelacion Investigacion penal preparatoria Inimputabilidad Plazo razonable Excepcion de falta de accion Estado de derecho Garantias procesales Fiscalia Resolucion judicial C.p.p.c.a.b.a.


¿Quién es el actor?

Defensor Oficial y Asesor Tutelar

¿A quién se demanda?

Estado (representado por la Fiscalía)
- Objeto de la demanda: Excepción de falta de acción por vencimiento del plazo de la investigación penal preparatoria.
- Decisión del tribunal: Se confirma la resolución de primera instancia que no hizo lugar a la excepción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El plazo que estipulan los artículos 104 y 105 del C.P.P.C.A.B.A. para la duración de la investigación penal preparatoria no se encuentra vencido." "Hacer lugar al petitorio del Defensor y del Asesor Tutelar, implicaría afirmar que nuestro sistema procesal penal permite investigar a una persona por la presunta comisión de un delito, aun cuando la misma haya sido desvinculada del trámite procesal por una resolución judicial."

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