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Causa Nº 5717-00-00/13 “M. C., E. H. s/art. 11179:149bisparr1 Amenazas – CP (p/L 2303)”

El defensor apeló la decisión del Juzgado N° 31 que no hizo lugar a la excepción de atipicidad en un caso de amenazas. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución, argumentando que la atipicidad no es manifiesta y que el contexto requiere un debate más amplio.

Recurso de apelacion Amenazas Atipicidad Violencia de genero Derecho penal Juzgado n? 31 Excepcion Prueba Contexto Derechos humanos


¿Quién es el actor?

E. H. M. C.

¿A quién se demanda?

Juzgado N° 31
- Objeto de la demanda: Excepción de atipicidad en un caso de amenazas.
- Decisión del tribunal: Se rechaza la apelación y se confirma la decisión del Juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La operatividad del instituto de excepción se restringe a aquellos casos en los que la atipicidad o la inexistencia de un hecho penalmente relevante aparezcan en forma patente, palmaria o manifiesta." "En tales condiciones, las cuestiones referidas a la idoneidad, la capacidad de generar temor en la víctima, el contexto en el cual fueron expresadas... requieren de la realización de un debate amplio."

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