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Causa nº 15454-00-00/15 caratulada “Colque Juan Pablo s/art. 73 CC”

Se plantea un conflicto de competencia entre los Juzgados Nº 22 y 14 en un caso contravencional. La Cámara de Apelaciones resolvió devolver las actuaciones al Juzgado Nº 14, argumentando que el procedimiento seguido no afecta la imparcialidad del juez.

Conflicto de competencia Juzgado penal Procedimiento contravencional Imparcialidad Articulo 45 cc Articulo 210 cpp caba Devolucion de actuaciones Juzgado n? 14 Juzgado n? 22 Ley n? 2303


¿Quién es el actor?

No especificado en el fragmento.

¿A quién se demanda?

Juan Pablo Colque.
- Objeto de la demanda: Conflicto de competencia entre los Juzgados Nº 22 y 14.
- Decisión del tribunal: Se dispone la devolución de las actuaciones al Juzgado Nº 14.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 45 CC establece que deben remitirse las actuaciones de forma completa... el art. 210 CPP CABA no resulta aplicable en forma supletoria en materia contravencional... la imparcialidad no puede verse afectada por el mero hecho de que el juez reciba las actuaciones."

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