INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/infr. art(s). 4.1.1.2, Habilitación en infracción – L 451
El Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados apeló una condena por infracción a la ley de habilitación. La Cámara de Apelaciones modificó la calificación de la falta y redujo la multa impuesta a cuatro mil unidades fijas.
¿Quién es el actor?
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Infracción a la ley de habilitación por falta de constancia de evaluación positiva del plan de evacuación.
- Decisión del tribunal: Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, modificando la calificación de la falta y reduciendo la multa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La subsunción en la norma mencionada fue efectuada en sede administrativa, en tanto que en el pronunciamiento judicial puesto en crisis la conducta fue recalificada... el hecho de no perseguir el Instituto de marras fin de lucro... no significa que no ejerza actividad lucrativa...". "La conducta de no poseer plano de evacuación no encuadra dentro de las previsiones del art. 2.1.1, sino en el art. 4.1.22 de la ley de faltas...". "Se resuelve modificar la calificación legal... y CONDENAR a 'INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS' a la pena de multa de cuatro mil Unidades Fijas (4.000 U.F.)".
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