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RECALT, MARTIN EDUARDO s/infr. art(s). 4.1.1.2, Habilitación en infracción – L 451

El defensor interpuso recurso de apelación contra la resolución que no hizo lugar a la prescripción de la acción de faltas. La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la notificación interrumpe la prescripción.

Recurso de apelacion Accion de faltas Prescripcion Notificacion Intervencion fiscal Derecho a defensa Procedimiento administrativo Ley 451 Ciudad autonoma de buenos aires Tribunal de apelaciones


¿Quién es el actor?

Martín Eduardo Recalt

¿A quién se demanda?

Juzgado de Primera Instancia nº 4
- Objeto de la demanda: Prescripción de la acción de faltas
- Decisión del tribunal: Se confirma la decisión de no hacer lugar a la prescripción

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La puesta en conocimiento al presunto infractor de la radicación de las actuaciones en sede judicial... demuestra claramente un nuevo impulso al proceso, reuniendo este acto procesal las condiciones necesarias como para ser considerado interruptivo de la prescripción." "La intervención fiscal es opcional... el desistimiento de la acusación no autoriza al juez a decretar, por esa sola circunstancia, la absolución del presunto infractor."

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