INCIDENTE DE APELACIÓN EN AUTOS: ‘NN S/ INFR. ART(S). 128 PÁRR. 2° CP’ - INCONSTITUCIONALIDAD
El Ministerio Público Tutelar interpuso un recurso de inconstitucionalidad en relación a la intervención de la Asesoría Tutelar. La Cámara de Apelaciones declaró inadmisible el recurso, argumentando que el imputado había alcanzado la mayoría de edad.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Tutelar
¿A quién se demanda?
J. C. C
- Objeto de la demanda: Inconstitucionalidad de la intervención de la Asesoría Tutelar.
- Decisión del tribunal: Se declara inadmisible el recurso de inconstitucionalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Al momento de la interposición del recurso de hecho, el joven imputado había cumplido la mayoría de edad y había cesado de pleno derecho su incapacidad (arts. 126 y 128 de Código Civil, modificado por la ley nacional nº 26.579, vigente desde el 30/12/09)." "Como principio, una vez adquirida la mayoría de edad por la persona involucrada en el proceso, dado que en ese momento cesa la necesidad de velar por el efectivo ejercicio de los derechos y garantías especiales que asisten a la persona menor durante el proceso judicial, cesa también en esa oportunidad la participación de la Asesoría."
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