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Causa N° 25830-00/09 “Parada Liniers, SA s/art. 4.1.1 Ley 451”

El representante de Parada Liniers SA apeló la regulación de honorarios del perito Ernesto Manuel Luna Touceda, fijados en $25.000. La Cámara confirmó la decisión del a quo, argumentando que la regulación fue adecuada y que el agravio sobre la utilidad del informe carecía de fundamento.

Recurso de apelacion Regulacion de honorarios Perito Inconstitucionalidad Ley 451 Ciudad autonoma de buenos aires Honorarios excesivos Decision judicial Agravio Seguridad e higiene


¿Quién es el actor?

Parada Liniers SA

¿A quién se demanda?

Licenciado Ernesto Manuel Luna Touceda
- Objeto de la demanda: Regulación de honorarios del perito
- Decisión del tribunal: Se confirma la regulación de honorarios en $25.000

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los jueces pueden regular los honorarios sin atender a las cifras y porcentuales mínimos establecidos en los regímenes arancelarios, cuando consideren que la aplicación estricta de dichos aranceles ocasionaría una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo cumplido y la retribución que habría de corresponder." "La prueba pericial desarrollada por Touceda fue solicitada por el representante de Parada Liniers SA, por lo que deviene irrelevante el agravio esbozado por ésta, relativo a la utilidad del informe para el dictado de la sentencia."

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