Causa N° 0009323-01-00/16 “Incidente de competencia ‘Q., C. J y otros s/ infr. art. 150 CP’”
Se plantea un incidente de competencia entre los Juzgados en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 3 y N° 14. La Cámara resolvió que debe intervenir el Juzgado N° 14, al cesar la competencia del Juzgado N° 3 en el caso de los imputados mayores de edad.
¿Quién es el actor?
Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 3.
¿A quién se demanda?
Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 14.
- Objeto de la demanda: Conflicto de competencia en un caso de infracción al art. 150 del Código Penal.
- Decisión del tribunal: Se asigna la competencia al Juzgado N° 14.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Una vez que cesaron los motivos que habilitaron la competencia especial asignada al juzgado a su cargo... corresponde que tome intervención en el procedimiento el Juzgado que por turno corresponda." "La atribución de la competencia en materia penal juvenil... constituye una excepción a la garantía de Juez Natural."
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