Causa Nº 17790-00-00/16, caratulada “THE DRINKING GROUP SRL s/infr. art(s). 2.1.3, Lugares con acceso de público – L 451” Sala II.-
THE DRINKING GROUP S.R.L. apeló la condena por exceso de capacidad en su local, impuesta por la Dra. María Araceli Martínez. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia, argumentando que las pruebas presentadas no desvirtuaron la presunción de la infracción.
¿Quién es el actor?
THE DRINKING GROUP S.R.L.
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra la condena por exceso de capacidad en el local.
- Decisión del tribunal: Se confirma la condena a una multa de 6.800 UF.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las pruebas aportadas por la parte no lograron derribar la presunción iuris tantum de la comisión de las faltas consagradas en el art. 5° de la ley 1.217, a favor de las actas de comprobación." "El acta glosada a fs. 4 el inspector actuante describió claramente la conducta achacada -“Por exceso de capacidad, contabilizando 238 personas con cuenta ganado; excediéndose la capacidad en 46 personas (sup. 578,26m2). Se clausura el local”-." "La nulidad se vincula íntimamente con la intangibilidad del derecho de defensa (art. 18 CN), de modo que sólo cuando surge algún vicio, defecto u omisión que haya privado a quien lo invoca del ejercicio de alguna facultad, afectando la garantía en cuestión, se produce una indefensión configurativa de nulidad."
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