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Causa Nº 13215/2016-0, “Barbalaco, Alberto Antonio s/infr. art. 2.2.1 Ley N° 451”

El Fiscal interpuso recurso de apelación contra la resolución que declaró prescripta la acción de faltas. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que no existieron citaciones válidas que interrumpieran la prescripción.

Recurso de apelacion Accion de faltas Prescripcion Notificacion Citacion Ley 451 Tribunal superior de justicia Juzgado de grado Infraccion Buenos aires


¿Quién es el actor?

Sr. Fiscal de Grado

¿A quién se demanda?

Alberto Antonio Barbalaco
- Objeto de la demanda: Declaración de prescripción de la acción de faltas
- Decisión del tribunal: Se confirma la declaración de prescripción de la acción de faltas

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La notificación obrante a fs. 32 es insuficiente, a los efectos de considerarla interruptiva de la prescripción". Además, "no existe certeza en relación a si el imputado fue fehacientemente notificado de lo dispuesto a fs. 29/30". Por lo tanto, se confirma la resolución de primera instancia.

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