Causa nº12322/2015-0 “NN s/ infr. art. 131 (grooming) CP”
El recurso de apelación fue interpuesto por la defensora oficial contra la decisión que no hizo lugar a la excepción de incompetencia en un caso de grooming. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión del juez de grado, argumentando que la competencia para juzgar el delito corresponde a la justicia local.
¿Quién es el actor?
NN
¿A quién se demanda?
Justicia Penal, Contravencional y de Faltas
- Objeto de la demanda: Incompetencia para juzgar el delito de grooming.
- Decisión del tribunal: Se confirma la decisión del juez de grado que no hizo lugar a la excepción de incompetencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La competencia para investigar y juzgar los delitos de competencia penal ordinaria creados con posterioridad a la ley 24588, pertenece a esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires." "No existe en la actualidad obstáculo alguno para que los magistrados de nuestra Ciudad juzguen todas las conductas ilícitas previstas por el Legislador nacional con posterioridad a la sanción de la ley garante de los intereses del Estado nacional." "La investigación y juzgamiento de los delitos creados por el Congreso de la Nación con posterioridad a la sanción de la 'ley de garantías' incumbe al Poder Judicial de esta Ciudad."
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