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“Causa Nº 4119/2015-1 “J, F s/ art. 149 bis CP”

La traductora pública M. P. B. apeló la regulación de honorarios fijada en $13.260, considerándola insuficiente. La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó la decisión de la juez de grado, argumentando que el monto era adecuado según la labor realizada.

Recurso de apelacion Honorarios Traductor Regulacion Ciudad autonoma de buenos aires Consejo de la magistratura Art. 149 bis cp Discrecionalidad Emolumentos Perito


¿Quién es el actor?

M. P. B. (traductora pública)

¿A quién se demanda?

Consejo de la Magistratura de la CABA
- Objeto de la demanda: Regulación de honorarios por servicios de traducción
- Decisión del tribunal: Se confirma la regulación de honorarios en $13.260

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es criterio de este Tribunal que los jueces pueden regular los honorarios sin atender a las cifras y porcentuales mínimos establecidos en los regímenes arancelarios, cuando consideren que la aplicación estricta de dichos aranceles ocasionaría una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo cumplido y la retribución que habría de corresponder." "El monto regulado en concepto de honorarios en la presente causa no resulta bajo, tal como pretende la traductora." "La Juez de Grado ponderó las horas que efectivamente la Traductora ejerció la labor y no tuvo en cuenta los montos establecidos por la tabla de aranceles."

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