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EGOSCUADRA PASCUA, Carlos Hernán s/art. 83, Usar indebidamente el espacio público c/fines lucrativos - CC

El fiscal y la defensa apelaron decisiones sobre nulidades en un proceso contravencional. La Cámara de Apelaciones en lo Penal declaró inadmisibles los recursos y confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que no se configuraron agravios de imposible reparación.

Recurso de apelacion Nulidad Proceso contravencional Espacio publico Derechos de defensa Agravio Principio ne bis in idem Fundamentacion de pena Admisibilidad Decision jurisdiccional


¿Quién es el actor?

Fiscalía y defensa del imputado Carlos Hernán Egoscuadra Pascua.

¿A quién se demanda?

Estado.
- Objeto de la demanda: Nulidades en el proceso contravencional.
- Decisión del tribunal: Se declaran inadmisibles los recursos y se confirma la decisión de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El rechazo de prueba en el marco de la audiencia prevista por el art. 45 LPC no es una decisión expresamente apelable y tampoco causa un agravio de imposible reparación ulterior." "Para anular un acto procesal es necesaria la existencia de un perjuicio concreto derivado de aquél, que debe ser demostrado por quien lo alega." "La defensa postuló la anulación del requerimiento de elevación a juicio y fundó su petición en la vulneración del principio ne bis in ídem."

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