Causa Nº 20600/2016 “FORSATAN SA s/ inf. art. 4.1.1.2 Habilitación en infracción – Apelación”.
La fiscalía apeló la decisión que ordenó la ejecución de una multa impuesta a Forsatan S.A. La Cámara de Apelaciones revocó la decisión de confeccionar un certificado de deuda, argumentando que la ejecución debía ser realizada por el juez que dictó la sentencia.
¿Quién es el actor?
Fiscalía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Forsatan S.A.
- Objeto de la demanda: Ejecución de multa impuesta por infracción a la normativa de faltas.
- Decisión del tribunal: Se revocó la decisión de confeccionar un certificado de deuda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El procedimiento de faltas se encuentra regulado por la Ley 1217 y se compone de dos instancias: la administrativa y la judicial." "La sentencia definitiva es ejecutable ante el Fuero Contravencional y de Faltas por el Juez o Jueza interviniente en su juzgamiento." "Resulta errado el razonamiento efectuado por el a quo, pues dispuso librar por secretaría un 'certificado de deuda', que no corresponde en este caso."
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