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Causa Nº 22308/2017-0 “Hotel Los Pinos s/infr. art. 4.1.22 Ley N° 451” - Apelación

El Fiscal interpuso recurso de apelación contra la resolución que declaró extinguida por prescripción la acción de faltas contra Hotel Los Pinos. La Cámara confirmó la decisión, argumentando que la notificación no interrumpió el plazo de prescripción.

Recurso de apelacion Prescripcion Infracciones Ley n? 451 Procedimiento administrativo Notificacion Derecho de defensa Accion de faltas Hotel los pinos Ciudad autonoma de buenos aires


¿Quién es el actor?

Sr. Fiscal de grado, Dr. Federico Andrés Villalba Díaz

¿A quién se demanda?

Hotel Los Pinos SA
- Objeto de la demanda: Infracciones a la Ley N° 451 por falta de exhibición de documentación.
- Decisión del tribunal: Se confirma la resolución que declaró extinguida la acción por prescripción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La notificación de la resolución administrativa de fecha 24/10/17 no posee capacidad para interrumpir el cómputo de la prescripción solicitada." "El plazo de prescripción de la acción es de dos años... la citación a comparecer ante la sede administrativa de faltas fue el 10/11/15... no existió otro hito interruptivo." "La citación fehacientemente notificada para comparecer al procedimiento de faltas es el único hito interruptivo."

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