DIAZ, PELING JUAN PABLO Y OTROS SOBRE 73 - VIOLAR CLAUSURA IMPUESTA POR AUTORIDAD JUDICIAL O ADMINISTRATIVA (Art. 74 según TC Ley 5666 y modif.)
La defensa oficial apeló la resolución que no hizo lugar a la excepción de manifiesto defecto en la pretensión por atipicidad. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión del a quo, argumentando que la atipicidad no era evidente y que la titularidad del establecimiento se determinará en el juicio oral.
¿Quién es el actor?
Defensa oficial
¿A quién se demanda?
Estado
- Objeto de la demanda: Excepción de manifiesto defecto en la pretensión por atipicidad
- Decisión del tribunal: Se confirma la resolución que no hizo lugar a la excepción
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El defecto en la pretensión alegada por la apelante no resulta evidente." "La determinación de la titularidad del establecimiento clausurado será producto de la prueba a examinar en la etapa de debate oral." "La posible ‘atipicidad’ de la conducta que aquí se imputa no era de ninguna manera manifiesta."
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