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S. A, B. Y OTROS SOBRE IMPEDIMENTO DE CONTACTO DE MENOR DE EDAD CON SU PADRE NO CONVIVIENTE Y OTROS

El Asesor Tutelar y el querellante apelaron la decisión que declaró la competencia de la Justicia Penal de Bahía Blanca en un caso de impedimento de contacto de un menor con su padre no conviviente. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución, priorizando el interés superior del niño y la economía procesal.

Recurso de apelacion Impedimento de contacto Menor de edad Interes superior del nino Competencia territorial Justicia penal Celeridad procesal Relacion paterno-filial Jurisdiccion Derecho de comunicacion


¿Quién es el actor?

Asesor Tutelar y querellante H. H. D.

¿A quién se demanda?

Sra. B.
- Objeto de la demanda: Impedimento de contacto de un menor con su padre no conviviente.
- Decisión del tribunal: Se confirma la competencia de la Justicia Penal de Bahía Blanca.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El bien jurídico aquí tutelado es la relación paterno-filial entre un hijo y su progenitor no conviviente... se busca darle celeridad al trámite de la causa penal y, en ese sentido, asegurar que el derecho del progenitor, y del niño, de tener una comunicación fluida y un contacto directo, no siga siendo afectado." "En todas las medidas concernientes a los niños... una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño." "Corresponde que entienda en esta causa la Justicia de B. B, Provincia de Buenos Aires."

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