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OTROS PROCESOS INCIDENTALES EN AUTOS 'D. P., D.I. SOBRE 149 BIS - AMENAZAS'

El defensor oficial solicitó ser juzgado por un tribunal colegiado en un caso de amenazas. La Cámara de Apelaciones en lo PCyF rechazó el pedido, argumentando que la pena en abstracto no supera los tres años de prisión.

Incidente Amenazas Tribunal colegiado Ley n? 7 Juzgado penal Derecho a defensa Procedimiento penal Delitos Remision Juez unico


¿Quién es el actor?

Defensa oficial

¿A quién se demanda?

Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Nº 5

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de ser juzgado por un tribunal colegiado

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la solicitud y se remite el caso al Juzgado Nº 17 para continuar con un solo juez.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 43 de la Ley N° 7... establece que... se constituirá a opción del imputado, un tribunal conformado por el juez de la causa y dos jueces sorteados... En el presente caso... ambos delitos aquí investigados no tienen una pena en abstracto que supere los tres años de prisión... corresponde disponer la remisión de la presente al Juzgado Penal... a fin de que continúe con el trámite... con la intervención de un solo juez."

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