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TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. SOBRE 2.1.13 - SALIENTES (CON PELIGRO DE CAIDA)

Telefónica de Argentina S.A. apeló la condena por la colocación de postes de madera en la vía pública sin permiso. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que se aplicó correctamente la ley vigente al momento de los hechos.

Recurso de apelacion Ley 451 Ley 5.901 Infraccion Multa Permiso Via publica Arbitrariedad Carga de la prueba Ciudad autonoma de buenos aires


¿Quién es el actor?

Telefónica de Argentina S.A.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Impugnación de la condena por colocación de postes sin permiso.
- Decisión del tribunal: Se confirma la condena a multa de 40.000 unidades fijas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El pronunciamiento se fundó en la ley 2.634 respecto de las actas n° 400369656 y 400300814; y en la ley 5.901 con relación a las restantes." "La ley 5.903 establece la modificación de la ley 451 y dispone la redacción en el art. 2.1.13... Aperturas y/o roturas... sin permiso es sancionada con multa de diez mil (10.000) a veinte mil (20.000) unidades fijas." "La carga de la prueba recae sobre el encartado, quien debe aportar elementos que generen un estado de conciencia positivo respecto de su versión."

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