Causa Nº 15178/2019-0 “ESCUELA FREUDIANA DE BUENOS AIRES – CENTRO CULTURAL- s/ inf. art. 2.2.14 Ley 451”
La Escuela Freudiana de Buenos Aires apeló la decisión que mantuvo la clausura de su local. La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas rechazó el recurso, considerando que no se trataba de una sentencia definitiva.
¿Quién es el actor?
Escuela Freudiana de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Juzgado de Primera Instancia Nº 29
- Objeto de la demanda: Levantamiento de la clausura impuesta sobre su local.
- Decisión del tribunal: Se declara mal concedido el recurso de apelación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La decisión impugnada no es una sentencia definitiva, sino que se limita a resolver respecto de la clausura preventiva impuesta por la autoridad administrativa." "La Ley Nº 1217 establece que el recurso de apelación únicamente procede contra las sentencias definitivas y por las causales específicas establecidas normativamente." "No se verifican en el caso circunstancias que permitan admitir excepcionalmente el recurso y apartarse de la enumeración taxativa prevista por el art. 56 de la ley 1217."
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