INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS 'C, M. SOBRE 149 BIS -AMENAZAS' Número: IC 31972/2018-S
La defensa apeló la decisión que fijó el vencimiento de la pena de un condenado por amenazas. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución del juez de grado, argumentando que el cómputo de la pena fue correcto y que no se vulneraron garantías.
¿Quién es el actor?
Defensa oficial, Dra. María Marta Sormani
¿A quién se demanda?
Estado
- Objeto de la demanda: Revisión del cómputo de la pena impuesta a M. C. por amenazas.
- Decisión del tribunal: Se confirma la resolución del juez de grado que fijó el vencimiento de la pena.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 27 bis del CP en su última parte dispone que 'Si el condenado no cumpliere con alguna regla, el Tribunal podrá disponer que no se compute como plazo de cumplimiento todo o parte del tiempo transcurrido hasta ese momento.'" "Con la aplicación del art. 27 bis del CPen. no se viola el principio de reserva o la garantía del non bis in ídem, ya que las reglas de conducta allí previstas no tienen el carácter de sanción ni de pena." "La desatención resulta tan evidente, persistente y reiterada que corresponde hacer efectiva la pena oportunamente impuesta."
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