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“Causa n° 39025/2018-0 “Chávez Morales, Andrés Zaluccie s/ art. 6.1.44 – Transporte de pasajeros”

El recurrente apeló la decisión que lo condenó a una multa por transporte de pasajeros sin habilitación. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que la actividad no está permitida sin la correspondiente autorización.

Recurso de apelacion Transporte de pasajeros Infraccion Habilitacion Ley 451 Multa Arbitrariedad Principio de igualdad Caba Codigo civil y comercial


¿Quién es el actor?

Andrés Zaluccie Chávez Morales

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Infracción por transporte de pasajeros sin habilitación
- Decisión del tribunal: Se confirma la multa impuesta por la falta

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La norma por la que fuera condenado el infractor (art. 6.1.49 ley 451) es clara en cuanto establece que será sancionado quien efectúe el transporte de personas sin habilitación." "La regulación del tránsito y los medios de transporte de pasajeros en la ciudad es materia propia del poder de policía local, por lo que su reglamentación corresponde a las autoridades metropolitanas." "Las diferentes decisiones dictadas por los distintos órganos jurisdiccionales no violan el principio de igualdad."

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