S, G.A. SOBRE 89 - LESIONES LEVES Y OTROS Número: IPP7362/2019-0
La defensa apeló la resolución que rechazó la excepción de atipicidad en un caso de lesiones leves. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la atipicidad no era manifiesta y que las cuestiones de hecho debían resolverse en el juicio.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal
¿A quién se demanda?
G. A. S.
- Objeto de la demanda: Lesiones leves agravadas por el vínculo.
- Decisión del tribunal: Se confirma el rechazo de la excepción de atipicidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La atipicidad de la conducta planteada por la Defensa se funda en cuestiones que, en el caso, deberán dilucidarse durante la audiencia de juicio, pues requieren la valoración de prueba." "La excepción articulada procede cuando la atipicidad de la conducta es evidente y la prosecución del proceso importaría un claro dispendio jurisdiccional." "No surge palmaria y evidentemente la inexistencia de una conducta que se adecue a las previsiones del art. 89 CP."
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