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ROBLE, CARLOS HUMBERTO SOBRE 6.1.47 - REQUISITOS DE LOS VEHICULOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS

El apelante Carlos Humberto Robles impugnó una multa por prestar servicio de transporte sin autorización. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la actividad de transporte requiere habilitación según la normativa vigente.

Recurso de apelacion Multa Transporte de pasajeros Habilitacion Ley 451 Arbitrariedad Caba Uber Infraccion Procedimiento administrativo


¿Quién es el actor?

Carlos Humberto Robles

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Impugnación de multa por prestar servicio de transporte sin autorización.
- Decisión del tribunal: Se confirma la multa impuesta por el juez de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La conducta atribuida al Sr. Robles encuadra en el segundo párrafo del artículo 6.1.49 de la Ley 451 que establece: ‘el titular y/o responsable de un vehículo de transporte de carga y/o de pasajeros, que no posea habilitación para prestar servicio, es sancionado/a con una multa de dos mil (2.000) unidades fijas’." "La arbitrariedad se reviste cuando la sentencia presenta una carencia total de fundamentos o estos fueron absurdos, de modo que la decisión quede configurada como un capricho del juez." "El recurso contiene consideraciones generales que sustentan una mera discrepancia de criterio, inidóneas para revertir los fundamentos de la sentencia en crisis."

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