DESCONOCIDO, DESCONOCIDO Y OTROS SOBRE 57 - OBSTACULIZAR INGRESO O SALIDA DE LUGARES PÚBLICOS O PRIVADOS (ART. 57 SEGÚN LEY 1472) Y OTROS
El Dr. Juan Fernando Flores apeló la decisión que no autorizó su ingreso a la Clínica C como curador de la salud de la Sra. A. C. E. La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas rechazó el recurso, argumentando que la decisión no era apelable y debía dirigirse al juez competente.
¿Quién es el actor?
Dr. Juan Fernando Flores
¿A quién se demanda?
Justicia Civil
- Objeto de la demanda: Autorización para ingresar a la Clínica C como curador de la Sra. A. C. E.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La decisión impugnada no resulta apelable (art. 267 del CPPCABA) y tampoco surge de la vía intentada cuál es el gravamen irreparable que le irrogaría al presentante lo decidido." Además, se indica que "no se le ha denegado la petición, sino que ella debe ser dirigida al Juez con competencia en la materia."
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