R , J L SOBRE 92 -AGRAVANTES (CONDUCTAS DESCRIPTAS EN LOS ARTÍCULOS 89 / 90 Y 91) Número: IPP56850/2019-0 CUIJ: IPP J-01-00058908-6/2019-0
La defensa oficial apeló la decisión de no suspender los plazos procesales en el marco de un proceso penal. La Cámara de Apelaciones rechazó el recurso, argumentando que la defensa podía realizar gestiones necesarias para garantizar la participación del imputado.
¿Quién es el actor?
Defensa oficial
¿A quién se demanda?
Jueza de grado
- Objeto de la demanda: Suspensión de plazos procesales
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El auto recurrido no se encuentra previsto en el ritual como un acto pasible de ser recurrido, sino que se erige como un temperamento de exclusivo resorte jurisdiccional." "No se aprecia el agravio concreto que el decreto en cuestión le irroga." "El ingreso en el mes de noviembre de 2020 a la etapa de Distanciamiento Social... posibilitó y posibilita a la defensa a llevar a cabo las gestiones y diligencias necesarias."
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