J V , J E SOBRE 238 4 -ATENTADO CONTRALAAUTORIDADAGRAVADO POR PONER LAS MANOS EN LA AUTORIDAD Número: DEB42192/2019-1
La defensa del Sr. J E J V apeló la decisión que denegó la suspensión del proceso a prueba. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución de primera instancia, argumentando que el imputado no cumplía con los requisitos legales para acceder a dicho beneficio.
¿Quién es el actor?
Defensa Oficial del Sr. J E J V
¿A quién se demanda?
Ministerio Público Fiscal
- Objeto de la demanda: Suspensión del proceso a prueba
- Decisión del tribunal: Se confirma la denegación de la suspensión del proceso a prueba.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 76 bis del C.P. efectivamente requiere para la procedencia del instituto que la eventual pena a imponerse pueda ser dejada en suspenso; lo que, como veremos, no resulta legalmente posible en el caso de autos." "El instituto del proceso a prueba se encuentra incorporado en nuestra legislación para dar respuesta a los casos de las personas que han cometido delitos por primera vez."
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