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CAUSA N° 2827/2020-0 “RODRÍGUEZ ARAYA, EDUARDO SOBRE 6.1.47 - REQUISITOS DE LOS VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS”

El Sr. Eduardo Rodríguez Araya apeló la condena por transporte de pasajeros sin habilitación. La Cámara de Apelaciones confirmó parcialmente la sanción, reduciendo la multa a quinientas unidades fijas y manteniendo la inhabilitación por treinta días.

Recurso de apelacion Transporte de pasajeros Habilitacion Infraccion Ley 451 Ciudad autonoma de buenos aires Multa Inhabilitacion Debido proceso Principio de legalidad


¿Quién es el actor?

Eduardo Rodríguez Araya

¿A quién se demanda?

Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Condena por transporte de pasajeros sin habilitación.
- Decisión del tribunal: Se confirma parcialmente la condena, reduciendo la multa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La conducta que en autos se le endilga al Sr. Rodríguez Araya consistente en no poseer habilitación para transportar, en el caso, pasajeros, encuadra en la falta prevista y reprimida en el art. 6.1.94 de la Ley 451." "La regulación del tránsito y los medios de transporte de pasajeros en la Ciudad es materia propia del poder de policía local." "Se habilita a este Tribunal a realizarlo, de modo que corresponde reducir la sanción de multa a QUINIENTAS UNIDADES FIJAS (UF 500)."

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