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INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS NN, NN SOBRE 94 - LESIONES CULPOSAS

El Consejo de la Magistratura apeló la regulación de honorarios del perito ingeniero en un incidente por lesiones culposas. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que los honorarios eran ajustados y debían ser abonados por el Consejo.

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¿Quién es el actor?

Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Perito ingeniero Daniel Ricardo Stocco.
- Objeto de la demanda: Cuestionamiento de la regulación de honorarios del perito y la imposición de su pago.
- Decisión del tribunal: Se confirma la regulación de honorarios a favor del perito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La regulación de honorarios del perito interviniente en esta justicia local... no se ha sancionado una ley específica que contemple los parámetros precisos a fin de regularlos..." "En consecuencia, toda vez que la labor del perito ingeniero Stocco fue producida a fin de cumplir con el servicio de administración de justicia... corresponde que los honorarios sean abonados por el Consejo de la Magistratura de la CABA." "Los honorarios regulados en la suma de pesos treinta mil ($30.000) resultan ajustados a las tareas descriptas y guardan relación con los parámetros legales referidos..."

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