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ESPINILLO, MARIANA EDITH CONTRA OBRAS SOCIALES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (OBSBA) Y OTROS SOBRE AMPARO - SALUD - OBRAS SOCIALES

La actora promovió un amparo contra la ObSBA y OSDE por la inconstitucionalidad de un artículo que limitaba su derecho a elegir obra social. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, sosteniendo que la normativa era discriminatoria y que no se probó temeridad en la actora.

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Actor: Mariana Edith Espinillo Demandado: Obras Sociales de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA) y OSDE Objeto: Inconstitucionalidad del artículo 3° de la Ley 3021 que limita la elección de obra social Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia y se rechazaron los recursos de apelación

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios de la apelante no logran superar las objeciones que formuló el TSJ a la constitucionalidad del artículo 3º de la Ley 3021, fundadas en que tal disposición 'hace uso de un criterio de exclusión discriminatorio e irrazonable'." "Desvincular de la derivación de los aportes a la ObSBA sería desvirtuar los términos de la afiliación que tenía antes de acceder al beneficio jubilatorio."

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