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NSS S.A SOBRE 2.1.19 - INCUMPLIMIENTO DE PERIMETRO O PROFUNDIDAD

La sociedad NSS S.A. apeló una condena por cierre defectuoso en la acera. La Cámara de Apelaciones confirmó parcialmente la sentencia, reduciendo la multa de 3.000 a 1.000 unidades fijas.

Recurso de apelacion Infraccion Cierre defectuoso Ley 451 Multa Due process Autonomia de la voluntad Procedimiento punitivo Ciudad autonoma de buenos aires Sancion administrativa


¿Quién es el actor?

NSS S.A.

¿A quién se demanda?

Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Condena por cierre defectuoso en acera.
- Decisión del tribunal: Se confirma parcialmente la condena, reduciendo la multa a 1.000 UF.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El procedimiento judicial en la presente causa ha sido llevado a cabo con inobservancia de la ley que lo rige (ley 1217), lo que resulta violatorio de la garantía constitucional del debido proceso." "La infractora no tiene una intervención que privilegie el principio de autonomía de la voluntad, sino que debe someterse a las directrices propias de un procedimiento punitivo." "La pena aplicada por la Jueza de grado (multa de tres mil unidades fijas -3.000 UF-) resulta superior a la determinada por la UACF (multa de mil unidades fijas -1.000 UF)."

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