ESCOBAR MARÍA ELENA Y OTROS CONTRA GCBAY Y OTROS SOBRE AMPARO (ART. 14 CCABA)
El Ministerio Público Tutelar interpuso un recurso de reposición contra la resolución que declaró extemporáneo un recurso de aclaratoria. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario rechazó el recurso, confirmando la aplicación del plazo de tres días para la aclaratoria.
Actor: Ministerio Público Tutelar Demandado: No se especifica Objeto: Recurso de reposición contra la resolución que declaró extemporáneo un recurso de aclaratoria. Decisión: Se rechaza el recurso de reposición interpuesto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso [de aclaratoria] se interpone fundado por escrito dentro de los tres (3) días siguientes al de la notificación de la sentencia o providencia..." "Al tratarse en el caso de un proceso de amparo, resulta de aplicación, de conformidad con lo estipulado en el artículo 28 de la Ley 2145, el artículo 219 del CCAyT."
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