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C , N M SOBRE 184 INC.5 - DAÑOS (AGRAVADO POR GENERARLOS EN BIENES PUBLICOS)

El Juzgado PCyF N° 25 rechazó la acumulación de causas por conexidad entre dos expedientes que involucran al mismo imputado. La Cámara determinó que no existían vínculos suficientes entre los hechos investigados para justificar la conexidad.

Incidente Conexidad Danos Bienes publicos Juzgado pcyf Investigacion preparatoria Imputado Causas conexas Derecho penal Procedimiento penal


¿Quién es el actor?

Juzgado PCyF N° 25

¿A quién se demanda?

N C
- Objeto de la demanda: Acumulación de causas por conexidad.
- Decisión del tribunal: Se rechaza la conexidad de las causas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las reglas de conexidad son de carácter excepcional... Es decir que solamente la comunión entre ambas causas tiene su basamento en la participación del imputado C." "Consecuentemente, no existen razones para concentrar las mismas en un único Tribunal."

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