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DE LA CRUZ ADAMES, HEIMER JOSUE SOBRE 94BIS - LESIONES POR CONDUCCIÓN IMPRUDENTE

Se planteó una contienda de competencia entre los Juzgados PCyF N° 5 y N° 12 respecto a la causa por lesiones por conducción imprudente. La Cámara resolvió que corresponde intervenir al Juzgado PCyF N° 12, destacando la importancia de respetar la intervención del juez natural.

Contienda de competencia Lesiones Conduccion imprudente Juzgado pcyf n? 5 Juzgado pcyf n? 12 Acordada 3/2019 Plazo de 24 horas Juez natural Ministerio publico fiscal Sistema eje


¿Quién es el actor?

Juzgado PCyF N° 12

¿A quién se demanda?

Juzgado PCyF N° 5
- Objeto de la demanda: Contienda de competencia sobre la causa por lesiones por conducción imprudente.
- Decisión del tribunal: Se resolvió que corresponde intervenir al Juzgado PCyF N° 12.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El procedimiento llevado a cabo no fue el transcripto... asiste razón a la titular del Juzgado PCyF N° 5 en cuanto a que transcurrió en exceso el plazo de 24hs previsto por el apartado ya referido." Además, se enfatizó que "la intervención de un Magistrado en el marco de un caso debe ser respetada de forma permanente a los fines de no poner en conflicto la garantía de juez natural."

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