B., L. D. SOBRE 292 1°PARR - FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO Y PRIVADO
Se plantea un incidente de competencia entre los Juzgados en lo Penal, Contravencional y de Faltas. La Cámara resolvió que debe intervenir el Juzgado N° 9, reconociendo errores en la asignación de la causa.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal.
¿A quién se demanda?
No aplica (incidente de competencia).
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia para el trámite de la causa.
- Decisión del tribunal: Se resuelve que debe intervenir el Juzgado N° 9.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Surge que la Fiscalía en lo PCyF N° 11 debió asignar originariamente el presente legajo al Juzgado en lo PCyF N° 9 consignando la fecha en que se formuló la denuncia (26/12/2022) y el lugar donde ocurrieron los hechos (Zona Judicial Este “B”)." "Las vicisitudes e inconvenientes apuntadas no tienen entidad suficiente para conmover la competencia que por juez natural le corresponde al Juzgado en lo PCyF N° 9."
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