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INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS 'M. S., N. E. SOBRE 187 - ESTRAGO POR SUMERSIÓN O VARAMIENTO DE NAVE / DERRUMBE DE UN EDIFICIO / O CUALQUIER OTRO MEDIO PODEROSO DE DESTRUCCIÓN'

La querella apeló la decisión de suspender el proceso a prueba respecto de la imputada M. S. La Cámara de Casación y Apelaciones confirmó la decisión de grado, argumentando que la suspensión era procedente y ajustada a derecho.

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¿Quién es el actor?

T. T. (querellante)

¿A quién se demanda?

M. S. (imputada)
- Objeto de la demanda: Oposición a la suspensión del proceso a prueba.
- Decisión del tribunal: Se confirma la decisión de suspender el proceso a prueba.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La querella no se encuentra constitucional ni convencionalmente facultada para actuar en solitario." "La oposición de la querella no es vinculante, dado que la decisión al respecto es de exclusivo resorte jurisdiccional." "El delito previsto en el art. 187 del CP es efectivamente un delito de acción pública, más allá de que dicha acción, en este caso, luego se haya convertido en privada."

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