INCIDENTE EN AUTOS L P , M E Y OTROS SOBRE 89 - LESIONES LEVES Número Causa: IPP 114226/2023-0
El Ministerio Público Fiscal planteó la incompetencia territorial en la causa por lesiones leves. La Cámara de Apelaciones convalidó la asignación de la causa al Juzgado PCyF N° 8, argumentando que un hecho relevante ocurrió en la Ciudad.
Actor: Ministerio Público Fiscal Demandado: No se especifica un demandado en el texto. Objeto: Incompetencia territorial en la causa por lesiones leves. Decisión: Se convalidó la asignación de la causa al Juzgado PCyF N° 8.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien es cierto que en las presentes actuaciones la mayoría de los hechos denunciados y temporalmente los primigenios sucedieron fuera de esta Ciudad... corresponde convalidar la asignación de esta causa al Juzgado PCYF Nº 8." "Teniendo en cuenta la fecha de la denuncia... corresponde convalidar la asignación de esta causa al Juzgado PCYF Nº 8."
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