CAUSA NRO. 369354/22, “L A A s/ art. 149 bis del C.P”
El Ministerio Público Fiscal apeló la condena por hostigamiento agravado impuesta a L. A. A. La Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal confirmó la sentencia, argumentando que la calificación de hostigamiento era adecuada y que las amenazas no cumplían con los requisitos del tipo penal.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal
¿A quién se demanda?
L. A. A
- Objeto de la demanda: Condena por hostigamiento agravado
- Decisión del tribunal: Se confirma la condena por hostigamiento
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La jueza a cargo del Juzgado en lo PCyF nº 15 resolvió... a la pena de DIEZ (10) DIAS DE ARRESTO, EN SUSPENSO... La correcta calificación de los hechos es la de hostigamiento doblemente agravado... los dichos del imputado formaron parte de un contexto de enojo, de ofuscación...". "La violencia ejercida y la conducta desplegada por A tuvieron el contenido amenazante propio de la contravención de hostigamiento...".
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