R., E. E. Y OTROS SOBRE 149 BIS - AMENAZAS Número: IPP 301905/2022-0
La defensa del imputado R. interpuso un recurso de apelación contra la decisión que no hizo lugar a las excepciones de inexistencia del hecho. La Cámara de Casación y Apelaciones confirmó la resolución, argumentando que la existencia del hecho no es palmaria y debe ser analizada en el juicio.
¿Quién es el actor?
Defensa del imputado E. E. R.
¿A quién se demanda?
Ministerio Público Fiscal
- Objeto de la demanda: Excepciones de inexistencia del hecho y atipicidad en un caso de amenazas.
- Decisión del tribunal: Se confirmó la decisión de no hacer lugar a las excepciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Para que proceda la excepción contemplada en el inc. c) del art. 208 CPP, resulta ineludible que la inexistencia del hecho aparezca de forma manifiesta... en este caso, ello no se desprende de una manera palmaria." "La existencia del hecho se encuentra verosímilmente acreditada de conformidad con la etapa procesal que se transita." "No corresponde adelantar aquella etapa procesal, sellando la suerte del caso de manera anticipada."
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